
(Mérida, 11/03/2025).- El 11 de marzo de 2024 se publicó en Gaceta Universitaria Nº 210/2810 la aprobación del Reglamento Interno de la Universidad de Los Andes para la Prevención y Atención en Casos de Violencia Basada en Género Contra las Mujeres o en Casos de Discriminación y de la Comisión contra la Violencia Basada en Género y Discriminación. Un mes después entró en vigencia el instrumento.
En este primer año de gestión la Comisión, conformada por seis miembros, ha atendido 10 denuncias por acoso o agresión de distintos tipos, cometidas en perjuicio de miembros de la Universidad de Los Andes (ULA). Todos estos casos se encuentran en fase de investigación para determinar si efectivamente constituyen trasgresiones previstas en el reglamento.
Además, la Comisión ha trabajado en difundir y dar a conocer el reglamento entre la comunidad universitaria, a través de participaciones en Consejos de 10 de las 11 Facultades que tiene la ULA en Mérida, así como charlas y talleres dirigidos a estudiantes y trabajadores universitarios. La participación de miembros de la Comisión en medios de comunicación locales y nacionales también ha sido parte de su estrategia de difusión.
Limitaciones para dar a conocer el reglamento
Holaya Peña, coordinadora de ULA Mujer y una de los tres miembros principales de la Comisión, señala que han logrado tener derechos de palabra en todos los Consejos de Facultades de la ULA en Mérida para dar a conocer el reglamento, menos en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Sin embargo, la información suministrada en esos Consejos no llega a todas las Escuelas y Departamentos.
«Hemos visto que la comunicación en los Consejos de Facultades no ha sido eficiente. Por eso decidimos empezar a convocar también a los movimientos estudiantiles, pero lamentablemente muy pocos asistieron: solo cuatro representantes de dos movimientos estudiantiles», explica Peña, quien agrega que no han recibido respuesta de los tres Núcleos que tiene la ULA en Táchira, Trujillo y Tovar, así como tampoco por parte de los gremios de profesores y trabajadores de la ULA, a cuyos representantes han enviado comunicaciones para dar a conocer el reglamento.
Andrea González, abogada del Servicio Jurídico de la ULA y también miembro principal de la Comisión, indica que a partir de febrero pasado tomaron la decisión de comenzar a visitar directamente las aulas de clases de algunas Facultades para informar sobre el reglamento.
«Se comenzó en el Núcleo Liria, donde se visitaron las tres Facultades que están allí (Humanidades y Educación, Ciencias Económicas y Sociales y Ciencias Jurídicas y Políticas). Posteriormente visitamos la Facultad de Arte y este lunes 10 de marzo fuimos a la Facultad de Arquitectura. Cabe destacar que, a casi un año de haber entrado en vigencia el reglamento, aún hay mucho desconocimiento por parte de toda la comunidad universitaria», refirió González.
Contenido del reglamento y funciones de la Comisión
Con un total de 46 artículos, el Reglamento Interno de la Universidad de Los Andes para la Prevención y Atención en Casos de Violencia Basada en Género Contra las Mujeres o en Casos de Discriminación establece los mecanismos de actuación, el ámbito de aplicación y las definiciones previstas en el instrumento, que incluyen los siguientes tipos de agresiones: acoso, acoso laboral, acoso sexual, amenaza, discriminación, sexismo, violencia basada en género, violencia contra la mujer, violencia laboral, violencia mediática, violencia multicausal y violencia sexual. También se definen los estereotipos de género, con el fin de prevenir su uso para discriminar en los espacios universitarios.
El Capítulo II del Título I del reglamento detalla sus principios de aplicación, mientras que el Capítulo I del Título II establece las disposiciones relativas a la Comisión General Contra la Violencia Basada en Género y Discriminación. En el capítulo siguiente están previstas la definición y las funciones del receptor de denuncias que debe existir en cada dependencia de la universidad. Hasta la fecha, la Comisión ha logrado que se designe un receptor de denuncias en la Facultad de Odontología, pero no ha comenzado a ejercer sus funciones por falta de la capacitación que necesita tener y que la Comisión aún no ha podido ofrecer.
El Título III contiene todas las disposiciones procedimentales para la aplicación del reglamento, las características del informe administrativo que debe elaborar la Comisión y los grupos de apoyo que se crearán para las víctimas. Estos últimos aún no se han creado por las limitaciones de recursos humanos y económicos que tiene la Comisión.
Mientras se logra la designación de receptores de denuncias en todas las dependencias universitarias, la Comisión General Contra la Violencia Basada en Género y Discriminación está habilitada para recibirlas a través de la siguiente dirección de correo electrónico: receptor.vgdula@gmail.com. En un máximo de tres días hábiles, la Comisión responderá al remitente para acordar una primera cita presencial en la sede del Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) o las oficinas del Servicio Jurídico de la ULA.