COMISIÓN DE LA MUJER DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

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Naibelys Noel deberá pagar una condena de 30 años de cárcel que duplica la pena dictada a su agresor y asesino de su hijo.

(Mérida, 19/07/2023).- Este miércoles 19 de julio la jueza provisoria del Tribunal de Juicio N° 5 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Lucy del Carmen Terán Camacho, condenó a 30 años de prisión a Naibelys Verónica Noel Pérez, víctima de violencia vicaria a manos de su expareja, José Teodoro González Uzcátegui, y víctima de discriminación por estereotipos de género por parte del sistema de justicia venezolano.

El pasado lunes, 17 de julio, la jueza Terán cambió el delito que se le imputaba a Naibelys Noel, acusada en un primer momento de cómplice del asesinato de su hijo por la Fiscalía 14 del Ministerio Público de Mérida, a cargo de la fiscal provisoria Marialejandra Delfín Ruzza. Sin embargo, la sentencia condenatoria es por comisión por omisión en la ejecución del delito de homicidio intencional calificado con alevosía y por motivos innobles, con el agravante de la perpetración contra un niño. Además, se le dictó una pena accesoria: la inhabilitación civil y política, establecidas en el Código Penal venezolano.

Por su parte, a José Teodoro González Uzcátegui, asesino del hijo de Naibelys Noel y quien además cometió contra ella al menos cuatro tipos de violencia basada en género de forma recurrente, le dictaron una pena de 15 años y 4 meses, la mitad de la condena que debe pagar su víctima. Esto demuestra la injusticia contra las mujeres por razones de género con la que opera el sistema judicial venezolano.

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Sentencia desconoce los delitos cometidos contra Naibelys Noel

La sentencia condenatoria contra Naibelys Noel se dictó sin tomar en cuenta los argumentos expuestos por su defensa, representada por el equipo legal del Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Entre estos está el diagnóstico psiquiátrico forense hecho a ella durante el juicio, donde se señala su condición de minusvalía psicológica frente a su agresor, quien le generaba sentimientos de humillación, indignación, hostilidad y agresividad reprimida por la violencia física, psicológica, sexual y familiar a la que era sometida.

Naibelys Noel manifestó durante su juicio que su victimario también la mantenía incomunicada y privada de su libertad, porque le prohibía conversar con personas extrañas que no fueran del núcleo familiar del agresor. José González la amenazaba con hacerle daño a su hijo si ella decidía separarse. Sin embargo, en una oportunidad ella tomó la decisión de irse con su hijo para su lugar de origen, en el estado Lara, pero no consiguió trabajo ni hogar, situación que su agresor aprovechó para manipularla y pedirle que regresara con él. Naibelys Noel no tiene familiares ni conocidos que puedan auxiliarla, y el Estado venezolano no tiene casas de abrigo para mujeres víctimas de violencia.

La jueza Terán tampoco tomó en cuenta que Naibelys Noel intentó denunciar a su agresor en una oportunidad, cuando este maltrató a su hijo, pero en la sede policial de Santo Domingo, municipio Cardenal Quintero del estado Mérida, no la atendieron alegando que debía presentar un informe médico del niño. Sin embargo, su hijo no recibió asistencia médica en el hospital de esta localidad, a donde acudió tras la agresión física de González.

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Estado venezolano viola derechos de las mujeres por prejuicios y estereotipos

Holaya Peña, coordinadora encargada de la Comisión de la Universidad de Los Andes contra la Violencia de Género (ULA Mujer), asistió hoy a la audiencia de conclusiones del juicio, debido a que este caso fue denunciado este año por esta organización ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas (Comité Cedaw).

“En ningún momento la jueza valoró la violencia que sufrió Naibelys, el trauma, el infierno de estar con un hombre agresivo. En su lugar la revictimiza condenándola a 30 años de prisión, una sentencia que llega además después de casi cuatro años de cárcel por retardo procesal. El Estado venezolano desprotegió a Naibelys, la revictimizó, estigmatizó y estereotipó por ser la madre del niño. No se evaluaron los contextos de violencia a los que fue sometida. Este caso es un claro ejemplo de la falta de protección legal de las mujeres en Venezuela, y más de las mujeres víctimas de violencia basada en género”, expresó Peña tras la sentencia del juicio.

Por su parte Iván Toro, abogado del ODH-ULA y representante legal de Naibelys Noel, señaló que durante la audiencia tanto la fiscal Marialejandra Delfín como la jueza Lucy Terán expresaron afirmaciones que carecen de sustento legal y revictimizan a la acusada, por basarse en estereotipos de género.

“La actuación por parte del Ministerio Público en las conclusiones del juicio se basó en estereotipos. Demuestra que desconocen el contexto de la violencia basada en género y del ciclo de la violencia contra la mujer. La fiscal dijo que Naibelys actuó por amor a su pareja, que le faltó el instinto materno y que una mujer es primero madre y después pareja. Además, la jueza dijo en su sentencia que la mujer puede delinquir por amor”, precisó Toro.

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Violencia vicaria no es delito en Venezuela

La violencia vicaria es el tipo de violencia de género ejercida por agresores que, con la intención de infligir más sufrimiento a las mujeres, causan daños graves o incluso la muerte a sus hijos. El caso de Naibelys Noel es uno entre decenas existentes en Venezuela, donde lamentablemente este tipo de violencia no está tipificada como delito.

La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tampoco incluye las formas discriminatorias de estereotipación de género, previstas en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw), suscrita por Venezuela. No obstante, el numeral 4 del artículo 2 de esa ley establece como uno de sus propósitos el de “asegurar la aplicación de criterios probatorios libres de estereotipos y prejuicios de género que subordinan a las mujeres y no las reconocen como sujetos de derecho”. Esto no se cumplió en el juicio de Naibelys Noel.

Este 17 de agosto de 2023 se cumplen cuatro años del asesinato del hijo de Naibelys Noel, cometido por José González cuando el pequeño tenía apenas 18 meses de edad. Al día siguiente, el 18 de agosto, ella cumplirá el mismo tiempo tras las rejas, con una sentencia que viola sus derechos humanos y su derecho a vivir una vida libre de violencia.

El ODH-ULA y la Comisión ULA Mujer deploran el tratamiento misógino del sistema judicial venezolano y reiteran su denuncia de este caso ante el Comité Cedaw y otros organismos internacionales de protección a las mujeres, con la firmeza de continuar exigiendo justicia para Naibelys Noel y para todas las mujeres venezolanas víctimas de violencia por parte de sus agresores y del propio Estado que las revictimiza, condena y desprotege.