ULA Mujer

COMISIÓN DE LA MUJER DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

comisión.ula.mujer@gmail.com

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ULA Mujer registró 120 casos de violencia contra mujeres en la región andina durante 2025

Mérida, 9 de marzo de 2026.— La Comisión de la Mujer de la Universidad de Los Andes (ULA Mujer) y el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) publicaron su informe anual sobre la situación de los derechos humanos de las mujeres en los estados Mérida, Táchira y Trujillo durante 2025.

El reporte revela una vulneración persistente de derechos, fallas sistémicas en el acceso a la justicia y formas de violencia que siguen siendo ignoradas por el Estado. En total, ULA Mujer y el ODH-ULA documentaron 120 casos de violencia contra mujeres en la región andina del país.

La metodología empleada para la elaboración de este informe combinó la revisión de fuentes documentales —medios de comunicación, reportes de fuentes policiales y cuentas en redes sociales de periodistas locales— con la recopilación de testimonios. Estos últimos se obtuvieron mediante entrevistas semiestructuradas a personas abogadas, activistas, defensoras de derechos humanos, mujeres víctimas y/o sobrevivientes de violencia y sus familiares.

Leer más: [Informe] Situación de los derechos humanos de las mujeres en la región andina de Venezuela (enero 2025 – enero 2026)

Mérida con mayoría de casos y 8 femicidios consumados en la región

Durante 2025, el monitoreo realizado por ULA Mujer y el ODH-ULA identificó 93 casos de violencia contra mujeres en el estado Mérida (77 %), 14 casos en Táchira (12 %) y 13 casos en Trujillo (11 %). Además, la violencia extrema se manifestó en 8 femicidios consumados y 6 femicidios en grado de frustración.

La mayoría de los femicidios registrados se cometieron en Táchira (50 %), seguido por Trujillo (38 %) y Mérida (12 %). Todos los femicidios consumados tuvieron lugar en contextos familiares o íntimos, donde los agresores fueron en su mayoría parejas o exparejas (7 de 8). En todos los casos, los victimarios utilizaron métodos de alta letalidad motivados por celos, control o el rechazo de la víctima a la separación.

Pero no solo la violencia letal ocurre en el contexto íntimo de las víctimas. El informe revela que 53 % de todos los casos registrados ocurrieron en el ámbito privado, con violencia perpetrada por parejas, exparejas o familiares de las víctimas, lo que confirma que el entorno íntimo sigue siendo el más peligroso para las mujeres debido a patrones de control y asimetrías de poder.

Leer más: Encuesta revela que 6 de cada 10 mujeres andinas han sido víctimas de violencia digital

Violencia física, sexual y psicológica: las más ejercidas contra las víctimas

Entre las 12 formas de violencia identificadas en los casos monitoreados predominaron la violencia física (45 casos), la violencia sexual (31 casos) y la violencia psicológica (19 casos).

Es importante destacar que, en la mayoría de los casos, las agresiones contra las mujeres implican varios tipos de violencia. En este informe se detectaron 139 violencias ejercidas contra las víctimas, pero esta cifra constituye un subregistro: no es posible identificar todas las formas de violencia que sufre una víctima a través del registro documental que se hace de estos casos.

En cuanto a las edades de las víctimas, preocupa que en 20 % de los casos eran niñas o adolescentes. A esta población, aún más vulnerable, las debe amparar la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA) y la Ley para la Prevención y Erradicación del Abuso Sexual Contra Niñas, Niños y Adolescentes.

Instituciones fallidas y revictimización

Lamentablemente, el Estado venezolano sigue sin cumplir con su deber de prevenir la violencia contra las mujeres en Venezuela y brindar debida atención y protección a las víctimas: los funcionarios encargados de atender a mujeres agredidas o en riesgo de ser violentadas no cuentan con la formación ni sensibilización necesarias.

Uno de los hallazgos más críticos del informe es la evaluación del desempeño institucional. Todas las personas defensoras de derechos humanos entrevistadas para este informe criticaron la gestión del Estado frente a la prevención y actuación contra la violencia basada en género, denunciando una ineficiencia sistémica. Las principales barreras identificadas incluyen:

  • Revictimización y falta de sensibilidad: en 88 % de los testimonios se reportó que los funcionarios culpan a las víctimas o muestran desconocimiento de la ley.
  • Conciliación forzada: a pesar de estar expresamente prohibido por la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LODMVLV), se detectaron casos donde las autoridades presionaron a las víctimas para mediar con sus agresores.
  • Retardo procesal e impunidad: 63 % de las personas entrevistadas señaló que el alto volumen de denuncias supera la capacidad operativa de las instituciones competentes, lo que genera una ausencia de seguimiento real a las medidas de protección concedidas a las víctimas.

Leer más: «Si te grita, te haces la loca»: funcionarios minimizan agresiones y revictimizan a mujeres víctimas de violencia en la región andina

Violencia vicaria: la gran deuda pendiente del Estado

La violencia vicaria sigue sin ser tipificada como delito en la LODMVLV. El caso de Naybelis Verónica Noel Pérez Noel —condenada a 30 años de prisión por el delito de comisión por omisión del homicidio intencional calificado con alevosía y motivos innobles, en perjuicio de su hijo menor de edad— demuestra la importancia de incluir este tipo de violencia contra las mujeres en la legislación nacional.

El informe dedica especial atención a este caso, cuyo victimario —el asesino del hijo de Naibelys y agresor de ella en reiteradas oportunidades— recibió la mitad de la condena dictada a Noel: apenas 15 años y 4 meses. Además de constituir violencia vicaria, este caso es un símbolo de la violencia institucional y los estereotipos de género en el sistema judicial venezolano, que castiga la maternidad mientras ignora el contexto de violencia previa que sufría la víctima.

«El 4 de agosto de 2023, 68 organizaciones de derechos humanos y movimientos feministas de Venezuela rechazaron la sentencia condenatoria contra NN. En virtud de esta sentencia, el equipo legal del ODH-ULA decidió ejercer el derecho a recurrir de la sentencia. En ese contexto, la Corte de Apelaciones del estado Mérida suspendió en reiteradas ocasiones la audiencia oral destinada a revisar la sentencia contra NN. Las suspensiones ocurrieron entre diciembre de 2023 e inicios de 2024 por irregularidades procesales», detalla el informe.

En el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) sobre Venezuela de 2024, se describe y expresa preocupación por la sentencia condenatoria en contra de Naibelys Noel, debido a su gravedad e incidencia a nivel internacional. Desde 2023, este caso se encuentra bajo revisión del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas (Comité CEDAW).

Leer más: Violencia vicaria en Venezuela: una agresión perversa que no está establecida como delito

Exigencias de ULA Mujer y el ODH-ULA al Estado venezolano

Ante la opacidad oficial y el incumplimiento de las recomendaciones de organismos internacionales como el ACNUDH y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ULA Mujer y el ODH-ULA exigen al Estado venezolano lo siguiente:

  1. Aplicación efectiva de la LODMVLV: el Estado no ha implementado un plan de acción nacional integral y actualizado para combatir la violencia de género, a pesar de las reiteradas observaciones del ACNUDH y el Comité CEDAW.
  2. Funcionamiento de la Comisión Nacional: aunque la ley prevé la creación de una Comisión Nacional para Garantizar el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, actualmente es inexistente.
  3. Creación de un sistema de datos estadísticos: el Estado venezolano incumple la obligación de establecer un sistema de recopilación de datos sistemáticos y desglosados sobre violencia de género y feminicidios. Actualmente, existe una marcada opacidad oficial que es sustituida por la labor de organizaciones de la sociedad civil.
  4. Garantizar la formación obligatoria en perspectiva de género: todos los funcionarios de justicia y seguridad deben estar sensibilizados en el tema y contar con protocolos de aplicación efectiva de la LODMVLV, sobre todo para contribuir con la prevención de la violencia y no solo actuar de forma reactiva.
  5. Revertir la condena de Naibelys Noel: con base en las evaluaciones hechas por organizaciones de la sociedad civil, el ACNUDH y el Comité CEDAW, el Estado venezolano debe revisar este caso y restituir la libertad de quien también fue víctima del infanticida de su hijo, además de repararla debidamente.

Consulta el informe completo aquí.